Plazo de presentación de solicitudes:
Del Sáb, 25 Jun 2016 al Lun, 25 Jul 2016
Objeto:
Convocar ayudas para la creación de empresas por jóvenes agricultores y las ayudas para el apoyo a las inversiones en explotaciones agrarias.
Destinatarios:
1.- Ayudas para la creación de empresas por jóvenes agricultores: los jóvenes, tanto hombres como mujeres, que en el momento de presentar la solicitud de ayuda tengan cumplidos 18 años de edad y no hayan cumplido 41 años, se instalen como titulares por primera vez en una explotación agraria que alcance la condición de prioritaria en el momento de finalización del expediente, que cuenten con la capacitación y formación adecuadas y ostenten el control efectivo sobre la misma.
2.- Ayudas para el apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas: los agricultores activos enumerados en este apartado que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 13 de la orden de bases reguladoras:
- Personas físicas con cualificación o formación suficiente.
- Jóvenes agricultores.
- Titulares de una explotación de titularidad compartida.
- Las personas jurídicas titulares de una explotación agraria prioritaria o que alcance tal condición tras ejecutar el Plan de Inversiones.
Requisitos:
1.- Para acceder a las ayudas para la creación de empresas por jóvenes agricultores, se exigen entre otros, los siguientes requisitos:
- Tener como mínimo 18 años y no haber cumplido los 41 años en el momento de presentar la solicitud de ayuda.
- A fecha de presentación de la solicitud de ayuda deberán acreditar el haber iniciado el proceso de instalación.
- Presentar junto a la solicitud de ayuda un Plan Empresarial.
- Proponer un tutor en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda que será quien le acompañe y guíe en el proceso de instalación.
2.- Para acceder a las ayudas para el apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas, se exigen entre otros, los siguientes requisitos:
- Presentar un Plan de Inversiones que detalle el punto de partida, los objetivos que se pretenden alcanzar y una descripción detallada de los medios o inversiones necesarios para conseguirlos.
- El gasto elegible del plan de inversiones superará los 9.000 euros, en el momento de la concesión.
Importe:
1.-Las ayudas para la creación de empresas por jóvenes agricultores consistirán en una ayuda básica de 27.000 euros. Dicha ayuda básica podrá incrementarse en las cantidades y casos establecidos en el artículo 8.2 de la Orden de bases. La ayuda máxima nunca podrá superar la cantidad de 48.000 euros.
2.- La ayuda para el apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas consistirán en una subvención de capital. Se establece un porcentaje básico de ayuda del 40% de la inversión financiable. Dicho porcentaje básico se podrá incrementar en su caso conforme a los porcentajes adicionales establecidos en el artículo 15.2 de la Orden de bases. El porcentaje básico más estos incrementos no podrán superar el 50% de la inversión financiable. Cuando el beneficiario simultáneamente al momento de su primera instalación con ayuda pública presente un Plan de Inversiones que se acoja a las ayudas para el apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas obtendrá un porcentaje adicional del 20%.
Para mayor información en el siguiente enlace: https://www.jccm.es/tramitesygestiones/ayudas-destinadas-la-modernizacion-de-explotaciones-agrarias-la-primera
O en tu oficina comarcal más cercana.