C/ Pósito 1 02691 Bonete (Albacete)     967333406 / 674079797
Portada > Noticias

ABIERTA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA, LA CONSERVACIÓN, LA MEJORA DE LA SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN Y DE LA ACCESIBILIDAD EN VIVIENDAS

06-09-2018

El día 8 de agosto de 2018 se publicó en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha la Resolución de 01/08/2018, de la Dirección General de Vivienda y Urbanismo, por la que se convocan ayudasreguladas en la Orden 88/2018, de 4 de junio, de la Consejería de Fomento para la rehabilitación de viviendas unifamiliares y viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial de vivienda colectiva, en el Programa de fomento de la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad de viviendas y en el Programa de fomento de la conservación de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas.

Las bases reguladoras de estas ayudas se publicaron el pasado día 12 de junio y en ellas se detallan los requisitos y obligaciones de los beneficiarios, las actuaciones subvencionables así como los criterios que deben tener en cuenta para la tramitación y concesión de estas ayudas.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los propietarios de viviendas unifamiliares y de viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial de vivienda colectiva, bien sean personas físicas o bien tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública. Podrán ser beneficiarios, también, las Administraciones Públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las Administraciones propietarias de los inmuebles.

El objetivo de esta convocatoria es financiar con ayudas económicas la rehabilitación edificatoria, en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha de actuaciones en el Programa 1 (mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad) y en el Programa 2 (fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y la accesibilidad) en las viviendas ubicadas en los edificios de tipología residencial colectiva (Línea B), y en viviendas unifamiliares (Línea C). Quedan fuera del ámbito de esta Resolución las ayudas para zonas comunes de edificios de tipología residencial colectiva (Línea A), que serán objeto de su propia convocatoria mediante distinta Resolución.

El plazo de presentación será de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria, es decir, hasta el 8 de octubre de 2018.

El presupuesto de estas ayudas asciende a 725.000 euros en 2018 y 1.546.159 euros en 2019, siendo por tanto el total de la convocatoria de 2.271.159 euros que se distribuirá de la siguiente forma:

 

 

ANUALIDAD 2018

ANUALIDAD 2019

 

Programa 1

Programa 2

Programa 1

Programa 2

Línea B

82.000€

321.000€

175.000€

685.000€

Línea C

91.000€

231.000€

195.000€

491.159€

Subtotal

173.000€

552.000€

370.000€

1.176.159€

Total

725.000€

1.546.159€

El porcentaje máximo de ayuda sobre la inversión subvencionable para el Programa 1 de fomento de la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad, será del 40% en generalpudiendo llegar al 75% en aquellas viviendas en que los ingresos de la unidad de convivencia del residente y solicitante de la ayuda sean inferiores a 3 veces el Iprem.

La cuantía máxima de las subvenciones (ayuda unitaria básica) para el Programa 1, por las actuaciones en viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva, pertenecientes al ámbito de actuación de la línea B, será:

  • 8.000 euros por cada vivienda.
  • 12.000 euros para las viviendas en las que resida una persona con discapacidad.
  • 16.000 euros si reside en la vivienda una persona con discapacidad de alguno de los siguientes tipos: i) personas con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental, personas con discapacidad intelectual o personas con discapacidad del desarrollo, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por ciento, ii) personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 por ciento.

La cuantía máxima de las subvenciones (ayuda unitaria básica) para el Programa 1, por actuaciones en viviendas unifamiliares pertenecientes al ámbito de actuación de la línea C, será:

  • 12.000 euros por cada vivienda unifamiliar, aislada o agrupada en fila.
  • 18.000 euros para las viviendas en las que resida una persona con discapacidad.
  • 24.000 euros si reside en la vivienda una persona con discapacidad de alguno de los siguientes tipos: i) personas con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental, personas con discapacidad intelectual o personas con discapacidad del desarrollo, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por ciento, ii) personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 por ciento.

El porcentaje máximo de ayuda sobre la inversión subvencionable para el Programa 2 de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas, será del 40% en generalpudiendo llegar al 75% en aquellas viviendas en que los ingresos de la unidad de convivencia del residente y solicitante de la ayuda, sean inferiores a 3 veces el Iprem, o en las que se acometan actuaciones de accesibilidad y resida una persona con discapacidad o mayor de 65 años.

La cuantía máxima de las subvenciones (ayuda unitaria básica) para el Programa 2, por las actuaciones en viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva, pertenecientes al ámbito de actuación de la línea B, será:

  • 3.000 euros por vivienda para actuaciones de conservación.
  • 8.000 euros por vivienda para actuaciones de mejora de la utilización y accesibilidad o conjuntamente con obras de conservación.
  • 14.000 euros si reside en la vivienda una persona con discapacidad.
  • 17.000 euros si reside en la vivienda una persona con discapacidad de alguno de los siguientes tipos: i) personas con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental, personas con discapacidad intelectual o personas con discapacidad del desarrollo, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por ciento, ii) personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 por ciento.

La cuantía máxima de las subvenciones (ayuda unitaria básica) para el Programa 2, por actuaciones en viviendas unifamiliares, pertenecientes al ámbito de actuación de la línea C, será:

  • 3.000 euros por vivienda y 30 euros por cada metro cuadrado de superficie construida de local comercial para actuaciones de conservación.
  • 8.000 euros por vivienda y 80 euros por cada metro cuadrado de superficie construida de local comercial para actuaciones de mejora de la utilización y accesibilidad o conjuntamente con obras de conservación.
  • 14.000 euros si reside en la vivienda una persona con discapacidad.
  • 17.000 euros si reside en la vivienda una persona con discapacidad de alguno de los siguientes tipos: i) personas con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental, personas con discapacidad intelectual o personas con discapacidad del desarrollo, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por ciento, ii) personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 por ciento.

El texto completo de la Convocatoria de las ayudas lo puedes descargar en el ARCHIVO ADJUNTO.

Últimos artículos publicados
Archivo
noviembre 2024  (1)
octubre 2024  (8)
septiembre 2024  (6)
agosto 2024  (2)
julio 2024  (5)
junio 2024  (2)
mayo 2024  (6)
abril 2024  (2)
marzo 2024  (3)
febrero 2024  (1)
enero 2024  (1)
diciembre 2023  (3)
Etiquetas

Documentos adjuntos

Arriba Volver Atrás
Facebook  Twitter  Instagram 
Diputación Albacete
Unión Europea
Leader
Gobierno de España
JCCLM
Diseño y Desarrollo Web Im3diA comunicación

Bienvenida/o a la información básica sobre las cookies de la página web responsabilidad de la entidad: CEDER Monte Ibérico-Corredor de Almansa.

Una cookie o galleta informática es un pequeño archivo de información que se guarda en tu ordenador, “smartphone” o tableta cada vez que visitas nuestra página web. Algunas cookies son nuestras y otras pertenecen a empresas externas que prestan servicios para nuestra página web.

Las cookies pueden ser de varios tipos: las cookies técnicas son necesarias para que nuestra página web pueda funcionar, no necesitan de tu autorización y son las únicas que tenemos activadas por defecto.

El resto de cookies sirven para mejorar nuestra página, para personalizarla en base a tus preferencias, o para poder mostrarte publicidad ajustada a tus búsquedas, gustos e intereses personales. Puedes aceptar todas estas cookies pulsando el botón ACEPTA TODO o configurarlas o rechazar su uso clicando en el apartado CONFIGURACIÓN DE COOKIES.

Si quires más información, consulta la “POLITICA COOKIES” de nuestra página web.

Aceptar Rechazar Configurar